Descubre qué aspectos se deben regular en un divorcio con hijos y cuál es la diferencia entre un divorcio contencioso y uno de mutuo acuerdo.
Te contamos qué dice la ley en cuanto a la pensión de viudedad de una pareja de hecho, para que sepas qué ocurre y si quien tiene derecho a cobrarla.
Hace muchos años que se reconocieron las parejas de hecho en España, pero sigue habiendo diferencias en cuanto a derechos en relación a los matrimonios. En este post vamos a hablar de la pensión de viudedad de una pareja de hecho, para que sepas qué ocurre con la persona que sobrevive y si tiene derecho a cobrarla.
La pensión de viudedad es una prestación de carácter económico y vitalicio que se otorga a aquellas personas que hayan estado casadas o tengan un vínculo de pareja de hecho con la persona fallecida, cuando se cumplen los requisitos establecidos por la ley.
La pensión de viudedad de las parejas de hecho se regula en la Ley General de la Seguridad Social que establece el derecho a recibir una pensión de viudedad de quien se encuentre unido al causante, en el momento de su fallecimiento, formando una pareja de hecho.
Para que se considere que existe una pareja de hecho se deben cumplir una serie de requisitos que son los siguientes:
Los requisitos legales que se deben cumplir para recibir la pensión de viudedad por parte de la pareja de hecho son los siguientes:
Además, se deberá dar alguna de las dos circunstancias siguientes:
Sin embargo, actualmente, se está planteando una reforma para igualar los derechos en los casos de matrimonios y parejas de hecho en cuanto a la pensión de viudedad y evitar la discriminación.
Por lo tanto, actualmente la pensión de viudedad para pareja de hecho existe y se regula en la ley, pero se tienen que cumplir unos requisitos distintos que para los casos de matrimonios. En el caso en que tengas dudas sobre la pensión de viudedad para una pareja de hecho, puedes contactar con nosotros y te ayudaremos.