¿Cuáles son los pros y los contras de las deudas a largo plazo? En este artículo las analizamos al detalle para que sepas si son una buena opción para ti.
¿Tienes deudas con la seguridad social? En este artículo te contamos las consecuencias y cómo hacer frente a estas deudas.
Las deudas con la Seguridad Social son, por desgracia, la realidad de muchos empresarios y autónomos por no poder hacer frente a los pagos de las cuotas. Hoy te contamos las consecuencias que pueden derivar de tener deudas con la SS y cómo afrontarlas en caso de que éstas sean una realidad para tí.
Lo primero que debemos tener en cuenta es que, al igual que cualquier tipo de deuda, éstas van aumentando con el paso del tiempo. Los recargos que se aplican a las deudas con la SS en relación al tiempo que transcurre desde el impago son:
Así pues, la primera consecuencia de tener deudas con la seguridad es que éstas irán aumentando con el tiempo. Llegados a este punto, ¿qué ocurre si no pago la deuda? En fase ejecutiva, técnicamente se podrá proceder a realizar embargos sobre el patrimonio del deudor. Simultáneamente, la Tesorería General de la Seguridad Social podrá incluir tus datos en el fichero de morosos llamado FIJ (Ficheros de Incidencias Judiciales). Por último, en caso de que nunca llegues a pagar estas deudas y fallezcas, éstas no se irán contigo y serán tus herederos los que tendrán que hacerles frente.
Si las deudas con la Seguridad Social ya son un hecho en tu vida, debes intentar deshacerte de ellas lo antes posible para evitar las consecuencias que hemos explicado en el anterior punto. El Real Decreto establece que las principales formas aprobadas por la SS para saldar una deuda son las siguientes:
La transferencia o domiciliación bancaria es una opción contemplada por la Seguridad Social para saldar deudas. La transferencia deberá expresar el concepto concreto al que corresponde el ingreso y tendrá que contener el detalle conveniente cuando el ingreso se refiera y deba aplicarse a varios conceptos, así como el código de cuenta de cotización del pagador.
A la vez que realiza el mandato de transferencia, el deudor proporcionará a la SS los documentos cuya presentación esté efectuada, y deberá expresar en ellos la fecha de la transferencia, la cuantía y el banco utilizado para la operación. El pago se entenderá realizado en el momento en que los fondos entren en la entidad financiera a la que se transfieren.
El método clásico del dinero en efectivo es también una forma válida para abonar las deudas. Simplemente tendrás que desplazarte a una oficina de la Tesorería General de la Seguridad Social con la cantidad conveniente.
Los cheques expedidos para el pago de las deudas con la SS deberán reunir los siguientes requisitos:
La TGSS autoriza el uso de tarjetas de crédito y débito como método de pago de deudas. Según el tipo de ingreso, el abono deberá expresar los datos que identifiquen la TGSS como beneficiaria. Igual que en el caso de la transferencia, el pago mediante tarjeta no será entenderá como realizado hasta que los fondos no entren en la cuenta de la entidad financiera receptora.
El uso de un crédito puede ser una buena opción para aquellas personas que quieren quitarse de encima la deuda ya pero no poseen fondos suficientes para hacerle frente.
Ahora ya sabes las consecuencias de no pagar las deudas con la seguridad social y la forma de resolverlas en caso de que las tengas. Si estás pasando por algún apuro económico y necesitas ayuda para saber cómo proceder, contacta con nosotros. ¡Estamos aquí para ayudarte!