¿Qué es la pensión en favor de familiares? En este artículo resolvemos las principales dudas alrededor de este delicado asunto.
Si buscas información sobre la pensión de orfandad, los requisitos y el trámite para pedirla, aquí encontrarás las respuestas.
La pensión de orfandad es la que reciben los hijos menores o adolescentes de una persona fallecida. La Seguridad Social abona dicha ayuda que, con carácter general, se puede cobrar hasta los 21 años, aunque puede llegar hasta los 25. En este post encontrarás el detalle de los requisitos y el trámite de la pensión de orfandad.
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La pensión de orfandad pueden cobrarla tanto los hijos del fallecido como los de su cónyuge, siempre y cuando llevaran más de 2 años casados y hubiera dependencia económica. Asimismo, es importante contabilizar el tiempo de cotización de la persona fallecida para ser aptos a recibir la prestación. Existen varios supuestos:
Las personas beneficiarias de una pensión de orfandad deben ser menores de 21 años o bien mayores que tengan reducida su capacidad de trabajo, en un porcentaje valorado en grado de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez.
Igualmente, si estudia cuando cumple los 25 años, percibirá la pensión de orfandad hasta el mes siguiente al del inicio del próximo curso.
Con carácter general, la pensión de orfandad es el 20% de la base reguladora. Si el fallecimiento es por accidente de trabajo o enfermedad profesional, cada persona huérfana percibirá, además, la indemnización especial de una mensualidad de la base reguladora.
Debe tramitarse en los 3 meses posteriores al fallecimiento. Si no es así, se abonará con una retroactividad máxima de 3 meses desde su solicitud.
La pensión de orfandad se paga mensualmente, con dos pagas anuales extraordinarias, en junio y noviembre. Cuando el fallecimiento lo causa un accidente laboral o enfermedad profesional las pagas extraordinarias se prorratean en las 12 mensualidades.
La pensión de orfandad se paga desde el día siguiente a la fecha del fallecimiento, si la persona fallecida estaba de alta o en situación asimilada. Si la persona fallecida era pensionista, la pensión de orfandad se cobra desde el día primero del mes siguiente.
En los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) del Instituto Nacional de la Seguridad Social. Si es un accidente laboral, en la mutua colaboradora de la Seguridad Social que corresponda.
Depende de diversos aspectos:
Si la pensión de orfandad se extingue por alguna de las cuatro primeras causas cuando la persona beneficiaria no ha devengado 12 mensualidades, se le entrega de golpe la cantidad necesaria para completarlas.
En casos de orfandad absoluta, la pensión de orfandad puede incrementarse al aplicarle los porcentajes relativos a la pensión de viudedad.
Las pensiones de un mismo régimen son incompatibles cuando coinciden en un mismo beneficiario, si no se dispone lo contrario, por lo que la persona beneficiaria deberá elegir.
Las pensiones de orfandad causadas por cada uno de los padres son compatibles, aunque solo una podrá ser incrementada con el porcentaje de viudedad.
Esperamos que te haya resultado útil este artículo sobre la pensión de orfandad. Ante cualquier duda, acude a tu centro CAISS de la Seguridad Social más cercano e infórmate qué ocurre en tu caso concreto.